El modelo 100 es la declaración de la renta. Para un autónomo es el momento de la verdad: los cuatro modelos 130 del año eran anticipos, y aquí se calcula el impuesto de verdad y se ajusta la cuenta.
Desde el ejercicio 2023, el art. 96 de la Ley del IRPF, modificado por el RDL 13/2022, obliga a presentar la declaración a toda persona que haya estado de alta en el RETA en cualquier momento del año.
Sin mínimo de ingresos. Aunque hayas facturado 200 €. Aunque hayas perdido dinero. Aunque solo estuvieras de alta un día.
El famoso límite de 22.000 € no te protege: ese umbral es para quien no ha sido autónomo. Es el malentendido que más multas por no declarar genera entre quienes se dieron de alta y lo dejaron a los pocos meses.
Cuándo se presenta
La campaña va aproximadamente de abril a finales de junio del año siguiente. La Agencia Tributaria publica las fechas exactas cada año, y hay un detalle que se olvida: si el resultado sale a pagar y quieres domiciliarlo, el plazo se te acorta unos días respecto al cierre general.
Por qué puede salirte a pagar aunque hayas pagado los cuatro 130
Esta es la sorpresa clásica, y tiene una explicación sencilla:
- El 130 aplica un 20 % fijo sobre tu rendimiento acumulado.
- La renta aplica una escala progresiva que sube por tramos y puede superar ampliamente ese 20 % si has tenido un buen año.
Si tu tipo medio real acaba por encima del 20 %, la diferencia aparece en junio. Haber pagado religiosamente los cuatro trimestres no te garantiza que no te toque poner más.
Lo que entra además de tu actividad
La renta no es solo tu negocio. En la misma declaración entran tus nóminas si además trabajas por cuenta ajena, los alquileres, las ganancias por vender acciones o un inmueble, las deducciones autonómicas de tu comunidad y tu situación familiar. Por eso dos autónomos con el mismo beneficio pueden acabar pagando cosas muy distintas.
Lo que se puede mover, se mueve antes de diciembre
En junio ya no hay nada que hacer: la foto está tomada. Lo que sí se puede planificar es el año en curso.
- Aportar a un plan de pensiones reduce la base imponible dentro de los límites de los arts. 51 y 52 de la Ley del IRPF. Lo que ahorras depende de tu tramo.
- Adelantar o retrasar gastos deducibles legítimos cambia el rendimiento del ejercicio.
- La reducción por inicio de actividad (art. 32.3 LIRPF), si estás en tus primeros años con beneficio.
Nada de esto es un truco: son reglas escritas. Lo que hace falta es saber a tiempo por dónde vas.
Saber en julio lo que te espera en junio
Control estima tu declaración con lo que llevas apuntado del año, te dice tu tipo medio y tu marginal, y calcula cuánto te ahorraría una aportación a un plan de pensiones — con la escala, no con una multiplicación aproximada.
Abrir Control gratis →Contenido informativo basado en la Ley 35/2006 del IRPF, en particular su art. 96 en la redacción dada por el RDL 13/2022, y en las instrucciones del modelo 100 de la AEAT. Las fechas exactas de cada campaña de renta las publica la Agencia Tributaria. No constituye asesoramiento personalizado — confírmalo en la sede de la AEAT o con un profesional colegiado. Última revisión: 30 de julio de 2026.